1. Vigencia

1.1 Las siguientes cláusulas ("TYC") rigen total y exclusivamente la relación comercial entre MustHave Global, Inh. Anna Kloos, ("MustHave" o "Nosotros") y el socio contractual (en adelante: "Socio").

1.2 Estos TYC son de aplicación exclusiva. Los términos y condiciones generales divergentes, contradictorios o complementarios del socio sólo formarán parte del contrato si y en la medida en que hayamos aceptado expresamente su validez por escrito. Este requisito de consentimiento se aplicará en cualquier caso, por ejemplo, incluso si aceptamos las entregas y servicios del cliente sin reservas conociendo los términos y condiciones generales del cliente.

1.3 Para cada nueva conclusión de la relación contractual entre MustHave y el socio, se aplicarán los TYC en su versión más actual. En las relaciones contractuales en curso, MustHave tiene derecho a ajustar unilateralmente estos TYC en ciertos casos, en la medida en que esto sea razonable para el socio. Los ajustes son posibles por razones legales o reglamentarias imperiosas; para crear/restablecer el nivel de seguridad operacional y técnico informático requerido; para optimizar y seguir desarrollando el contenido de la gama de servicios de MustHave, en la medida en que el socio no tenga un interés justificado en un servicio individual específico; por razones técnicas exigidas por el progreso técnico y la norma técnica aplicable. Si alguna de las modificaciones resultara inválida, nula o por cualquier motivo inaplicable, la validez y aplicabilidad de las restantes modificaciones o condiciones no se verán afectadas por ello. En caso de modificaciones sustanciales, MustHave informará al socio por separado de las modificaciones individuales. Si el socio no se opone en el plazo de un mes tras la notificación de los cambios, éstos se considerarán aprobados.

1.4 Las declaraciones y notificaciones legalmente relevantes por parte del socio en relación con el contrato (por ejemplo, fijación de plazos, recordatorios, desistimiento) deberán realizarse por escrito, es decir, en forma escrita o de texto (por ejemplo, carta, correo electrónico, fax), a menos que se acuerde lo contrario. Los requisitos formales legales y las pruebas adicionales, en particular en caso de dudas sobre la legitimidad del declarante, no se verán afectados.

2. Formación del contrato

2.1 MustHave sólo está dispuesta a celebrar contratos con personas físicas con plena capacidad jurídica o con personas jurídicas. Se advierte al socio de que, al emprender la actividad, se convierte regularmente en empresario en el sentido del artículo 14 del Código Civil alemán (BGB).

2.2 El registro para la admisión como socio solo es posible en línea utilizando el formulario previsto a tal efecto. La presentación del formulario se considera una solicitud para la celebración de un contrato. MustHave tiene derecho a rechazar registros según su propio criterio y sin indicar los motivos. El mero hecho de confirmar la recepción del registro no constituye la aceptación del contrato.

2.3 MustHave tiene derecho a solicitar o inspeccionar las pruebas de la persona física o jurídica inscrita antes de aceptar el registro, en particular el documento de identidad, los documentos oficiales de fundación, los contratos de fideicomiso, extractos del registro mercantil, etc.

2.4 El socio sólo puede registrarse una vez como socio en virtud del presente acuerdo. Para ello es decisivo un enfoque económico. Por lo tanto, una persona particular no tiene derecho a registrar adicionalmente una persona jurídica, siempre que tenga una participación directa o indirecta (por ejemplo, como fideicomisario) e independiente en la misma. Asimismo, las parejas casadas o las uniones civiles sólo tienen derecho a registrarse una vez; se consideran socios de manera uniforme. Además, el primer registro es decisivo. Por lo tanto, el registro como persona particular impide el registro posterior como persona jurídica y viceversa. Cualquier modificación posterior del contrato a este respecto está sujeta a nuestro consentimiento por escrito.

2.5 Un registro exitoso dará lugar a la asignación firme de un socio a un puesto específico en una línea a cargo del socio bajo el cual se realizó el registro, de acuerdo con el "Concepto Get-together" (en adelante: "Plan de Remuneración") válido en ese momento. El plan de remuneración formará parte integrante del contrato. Si la asignación a una línea no prevista ha sido efectuada por error, se admitirá un cambio previa aprobación por escrito de MustHave, siempre que (1) el nuevo socio inscrito, (2) el patrocinador de la línea prevista y (3) el patrocinador de la línea erróneamente seleccionada confirmen sin demora y por escrito a MustHave la asignación incorrecta y la solicitud de cambio basada en ella.

2.6 El socio tiene expresamente prohibido registrar adicionalmente, directa o indirectamente, otras líneas (registro cruzado) o incitar a otros socios a realizar registros cruzados o a planificar dichos registros.

2.7 Si MustHave ha aceptado un registro que fue solicitado violando las disposiciones de esta cláusula, MustHave tiene derecho a cancelar el registro inmediatamente. Otras reclamaciones, por ejemplo por daños y perjuicios, no se verán afectadas.

3. Objeto del contrato

3.1 Durante el periodo de vigencia del presente contrato, el socio tiene derecho en todo el mundo ("zona de tratamiento") a i. a intermediar contratos de venta de productos contractuales para MustHave en calidad de "Affiliate Partner", así como a ii. a vender los productos contractuales como "Selling Partner".

3.2 En los casos del punto 3.1 (i), el socio recibe una comisión. En los casos del punto 3.1 (ii), el socio gana sobre la diferencia de precio entre el precio de compra en MustHave y el precio de venta al cliente final (descuento de distribuidor).

3.3 El socio recibe más cuotas de comisión por los socios que él recluta y que, por tanto, son asignados a su equipo de ventas.

3.4 El importe de las comisiones se especifica con más detalle en el plan de remuneración que figura en el Anexo 1. MustHave tiene derecho a modificar los precios de lista de los productos contractuales, en particular a incrementarlos, en cualquier momento en el marco de su política general de ventas, sin perjuicio de la cláusula 1.3. Los pedidos ya realizados por el socio no se verán afectados por las modificaciones posteriores.

3.5 Con el descuento o la comisión del distribuidor, todas las reclamaciones del socio contra MustHave en relación con las actividades que debe realizar según estos TYC quedan totalmente saldadas. No existe ninguna otra reclamación de reembolso de gastos y costes, en particular gastos de viaje, costes de publicidad, etc., a menos que se estipule expresamente lo contrario por escrito. Las primas, bonos y ayudas a la venta se concederán exclusivamente de forma voluntaria. No se podrán reclamar anticipos.

3.6 Las comisiones se ponen a disposición del socio para su pago antes del día 15 del mes siguiente. La comisión debe retirarse en un plazo de 6 meses; de lo contrario, el derecho a la comisión caduca.

3.7 El socio actúa como autónomo. Actúa en su propio nombre, bajo su propia empresa y por cuenta propia. El socio puede determinar libremente su actividad y su horario comercial y obtiene por sí mismo los recursos operativos necesarios. Es responsable del cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la legislación fiscal, la legislación mercantil, la legislación de la seguridad social y otras obligaciones derivadas de su trabajo por cuenta propia. No está autorizado a representar a MustHave en transacciones legales. En particular, el socio no es un agente comercial. No existe ninguna obligación de actuar en su nombre.

3.8 MustHave tiene derecho a operar además del socio, tanto por sí mismo como a través de otros socios, en el área de actividad. No tiene derecho de representación exclusiva ni de protección territorial.

3.9 La actividad de intermediación del socio se extiende a todos los productos y/o servicios ofrecidos por MustHave en su tienda online ("productos contractuales"). MustHave tiene derecho a rediseñar el catálogo de productos contractuales según su propio criterio. MustHave tiene derecho, en el marco de su política de ventas, a adaptar, ampliar o restringir los productos contractuales en cualquier momento. Si MustHave amplía su oferta de productos y/o servicios más allá de los productos contractuales actualmente mencionados, los derechos del socio en virtud del presente contrato también se extenderán a estas ofertas de productos y/o servicios.

3.10 Los pedidos ya realizados y las transacciones intermediadas del socio no se verán afectados por los cambios. Sin embargo, MustHave tiene derecho a recomprar los productos contractuales adquiridos pero aún no distribuidos al precio de compra. El precio de compra se reducirá en una cantidad adecuada o no se aplicará si los productos contractuales ya no están libres de defectos.

4. Derechos y obligaciones generales del socio

4.1 El socio protegerá los intereses de MustHave con la diligencia de un ordenado empresario.

4.2 En las actividades legales y comerciales, el socio, en la medida en que actúe en el ámbito de este contrato, siempre actuará exclusivamente bajo la designación de "socio independiente de MustHave Cosmetics" y, por lo demás, cumplirá las disposiciones legales sobre la correcta indicación de su información empresarial.

4.3 El socio coordinará su publicidad con MustHave para mantener la coherencia y utilizará el material publicitario proporcionado por MustHave. Cualquier contenido/medio publicitario que se desvíe de esto deberá ser acordado previamente con MustHave. En ningún caso el socio podrá hacer declaraciones no coordinadas sobre efectos cosméticos o saludables específicos de los productos contractuales.

4.4 El socio no está sujeto a ninguna obligación de actividad. Sin embargo, si el socio permanece inactivo durante más de 6 meses o si no puede ejercer la actividad de forma permanente, en particular por enfermedad, MustHave tiene derecho a rescindir el contrato. En este caso, su posición en el plan de remuneración según el Anexo 1 se desliza hacia arriba en favor de su patrocinador inmediato.

4.5 El socio y MustHave respetarán las disposiciones pertinentes de la ley de protección de datos.

5. Derechos y obligaciones generales de MustHave, responsabilidad

5.1 MustHave suministrará al socio los productos contractuales en el marco de sus operaciones comerciales generales. MustHave sólo rechazará los pedidos del socio alegando un motivo justificado. Dicho motivo existe, por ejemplo, si MustHave ya no distribuye el producto en cuestión o no puede aceptar el pedido debido a dificultades de producción, cambios en la producción, falta de entrega por parte de los proveedores anteriores, demanda inesperadamente elevada o acontecimientos imprevisibles. En caso de entrega aceptada, Must Have tiene derecho en todos los casos de fuerza mayor a retrasar la entrega -en la medida en que sea razonable para el socio- o a rechazarla definitivamente. Se considerará que existe un caso de fuerza mayor en caso de cualquier acontecimiento imprevisible y grave, como en particular guerras, conflictos terroristas, epidemias o conflictos laborales, que escape al control de una de las partes contratantes y como consecuencia del cual una de las partes contratantes se vea impedida total o parcialmente de cumplir con sus obligaciones, incluyendo daños por incendio, inundaciones, huelgas, así como interrupciones operativas u órdenes oficiales y cierres patronales legales de los que no sean responsables.

5.2 MustHave proporcionará al socio el apoyo adecuado en sus actividades y en lo que respecta a la venta de los productos contractuales. MustHave protegerá los intereses del socio en la medida adecuada. En particular, MustHave hará publicidad de los productos contractuales en todo el territorio nacional según su propio criterio y proporcionará al socio material publicitario.

5.3 Si el socio utiliza material publicitario o declaraciones no emitidas por MustHave, la publicidad de los productos contractuales se realiza bajo su propia responsabilidad. MustHave no es responsable en este caso de las infracciones legales cometidas por el socio. El socio indemnizará a MustHave en el momento de la primera demanda por cualquier daño causado por dicha infracción. Los daños ocasionados también incluyen los gastos legales o de defensa, como el encargo de un abogado.

5.4 MustHave se reserva el derecho de ofrecer cursos de formación en promoción de ventas y servicio al cliente a intervalos regulares, a los que el socio deberá asistir siempre.

5.5 MustHave sólo será responsable en caso de dolo y negligencia grave. Esta restricción no se aplica si MustHave viola obligaciones contractuales esenciales. Las obligaciones contractuales esenciales son aquellas cuyo cumplimiento hace posible, en primer lugar, la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento el socio confía y puede confiar regularmente. En caso de que el cliente sea responsable de los daños materiales, esta responsabilidad se limitará a los daños que el cliente previó como posible consecuencia de un incumplimiento contractual en el momento de la celebración del contrato o que debería haber previsto ejerciendo la diligencia debida. Los daños indirectos y consecuentes derivados de defectos en el objeto del contrato también serán indemnizables únicamente en la medida en que dichos daños sean típicamente previsibles cuando el objeto del contrato se utilice para el fin previsto. Las limitaciones antes mencionadas también se aplican a favor de los auxiliares ejecutivos y órganos de MustHave. La responsabilidad en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos y por daños derivados de lesiones a la vida, la integridad física o la salud no se verá afectada.

6. Obligaciones especiales para la distribución

6.1 El socio podrá anunciar y vender los productos contractuales a nivel local o en Internet. Además, el socio tendrá su propia tienda web creada y disponible en su nombre, a través de la cual se podrán tramitar los pedidos de los clientes.

6.2 Actualmente, la configuración inicial de la tienda online es gratuita para el socio. Una vez transcurridos los doce primeros meses del contrato, se cobrará una cuota anual recurrente por el funcionamiento de la tienda online por importe de 49,99 euros brutos. La cuota es pagadera durante todo un año y no es reembolsable (ni siquiera prorrateada) aunque el socio rescinda el contrato durante el año.

6.3 El socio deberá, en todas las apariciones publicitarias en la web o impresas, en la medida en que utilice el logotipo de MustHave, añadir la mención claramente visible "socio independiente de MustHave Cosmetics". Está prohibido aparentar ser el propietario de la(s) marca(s) "MustHave Cosmetics" y marcas relacionadas o la empresa que las respalda.

6.4 El socio reconoce que la calidad y el carácter especial de los productos contractuales, su valor intrínseco y el hecho de que los productos contractuales son portadores de la imagen de marca de MustHave imponen exigencias cualitativas a la presentación de los productos contractuales. Por lo tanto, la distribución sólo está permitida si el socio cumple con los "Requisitos en la distribución online" de MustHave que se adjuntan como anexo 2 al presente contrato de socio.

6.5 El socio solo podrá ofrecer formación y educación sobre los productos contractuales y las ofertas de MustHave en beneficio de los socios ya registrados.

6.6 El socio tiene prohibido vender a través de otras plataformas de comercio y subastas (como: Ebay) y a precios de remate debido a la exclusividad de los productos contractuales.

6.7 Asimismo, se prohíbe al socio gestionar su propia tienda web para la venta de los productos contractuales que compita con la tienda de acuerdo con la cláusula 6.1. Todas las ventas online de los productos contractuales deberán tramitarse a través de la tienda conforme a la Cláusula 6.1.

6.8 Por la presente, el socio indemniza a MustHave por todos los daños y reclamaciones de terceros debidos a violaciones de las prohibiciones y obligaciones contempladas en la presente cláusula 6.

6.9 Si el socio viola los requisitos y prohibiciones de las cláusulas 6.3 a 6.5 y, en particular, el anexo 2, esto constituye un incumplimiento del contrato. MustHave tiene derecho a emitir una advertencia y exigir medidas cautelares. En casos particularmente graves, MustHave podrá rescindir el contrato sin previo aviso. Cualquier reclamación por daños y perjuicios no se verá afectada.

6.10 No existen objetivos mínimos de venta ni cantidades mínimas de compra. _ Disposiciones especiales para las actividades de intermediación:_

6.11 En el caso de las actividades de intermediación, el socio deberá respetar los precios, las condiciones (en particular en lo que respecta a los derechos en caso de defectos, las posibles garantías, etc.), los plazos de entrega y las especificaciones técnicas establecidas por MustHave en sus negociaciones con los clientes potenciales.

6.12 El socio deberá remitir todos los pedidos intermediados a MustHave en la forma especificada por MustHave. A este respecto, el propio socio no tiene autoridad para concluir contratos y debe informar a los clientes potenciales de este hecho. Actúa únicamente como agente de referencia. Cada oferta de contrato ("pedido") realizada por un cliente requiere la aceptación por parte de MustHave.

6.13 MustHave informará sin demora al socio si acepta o rechaza un pedido intermediado por el socio. También informará al socio si no ejecuta un contrato con un cliente intermediado por el socio o no lo ejecuta en la forma contractualmente acordada. Además, MustHave también informará al socio sin demora si es probable que MustHave sólo pueda o esté dispuesta a concluir negocios en una medida considerablemente menor a la que el socio puede esperar en circunstancias normales. _ Disposiciones especiales para las actividades de distribución _

6.14 Los Términos y Condiciones Generales de Venta de MustHave, en su versión modificada periódicamente, se aplicarán a todas las transacciones de venta realizadas por MustHave al socio en ejecución del presente contrato.

7. Protección de la competencia

7.1 El socio también podrá trabajar para otros clientes, en particular otros sistemas de distribución, durante la vigencia del contrato.

7.2 En el caso de que un socio ejerza una actividad permitida para un competidor o venda productos que compitan con los productos ofrecidos por MustHave, los productos competidores sólo podrán presentarse por separado de los productos contractuales, de manera que se excluya cualquier confusión así como el deterioro de las posibilidades de venta de los productos contractuales. En particular, los productos competidores no podrán anunciarse en el mismo puesto o de otro modo en relación directa con los productos contractuales.

7.3 Si el socio viola las prohibiciones de esta cláusula 7, está obligado a pagar una penalización contractual apropiada. Esta penalización se fijará a discreción razonable de MustHave, pero por lo general no será inferior a 5.000 euros.

7.4 Si la infracción consiste en una actividad permanente, la penalización contractual se extinguirá de nuevo por cada mes o parte del mismo en que continúe el acto prohibido (infracción permanente). Varios actos de infracción desencadenan cada uno sanciones contractuales separadas, si es necesario también varias veces en el plazo de un mes. Si, por el contrario, se producen actos individuales de infracción en el ámbito de una infracción continuada, se incluirán en la penalización ejecutada por la infracción continuada.

7.5 Nos reservamos el derecho a hacer valer reclamaciones por daños y perjuicios que superen la penalización contractual. También queda reservado el derecho a hacer valer todas las demás reclamaciones legales y contractuales y consecuencias jurídicas derivadas de una infracción (por ejemplo, medidas cautelares, pérdida del derecho a indemnización por daños y perjuicios mientras dure la infracción, etc.).

8. Protección de marcas, derechos sobre productos contractuales, confidencialidad

8.1 MustHave es titular de todos los derechos de propiedad industrial y otros derechos inmateriales sobre los productos contractuales en relación con el socio. Sin embargo, MustHave autoriza al socio durante la vigencia del contrato a utilizar las marcas y otros signos de MustHave previo acuerdo con MustHave (en particular en tarjetas de visita y cartas comerciales). Al hacerlo, el socio debe indicar claramente su estatus legal como socio independiente (ver cláusula 4.2). Sin embargo, el socio no está autorizado a registrar la razón social, la marca u otros signos de MustHave como parte de su empresa en el registro mercantil o como parte de un dominio.

8.2 El socio se compromete - también más allá de la duración del contrato - a no atacar los derechos de propiedad industrial y el conocimiento de MustHave por sí mismo, ni a hacer que sean atacados por terceros, ni a apoyar a terceros para que los ataquen de cualquier forma.

8.3 El socio también está obligado a mantener la confidencialidad. El socio no podrá divulgar ni hacer accesible a terceros ningún secreto comercial de MustHave que llegue a su conocimiento, ni durante el contrato ni después de su finalización. El socio se asegurará de que esta obligación también sea observada por sus empleados y miembros del equipo.

8.4 Los documentos relativos a las transacciones comerciales secretas que MustHave le haya confiado deberán ser devueltos por el socio a la sede social de MustHave inmediatamente después de su utilización de conformidad con el pedido, pero a más tardar en el plazo de una semana después de la terminación de la relación contractual. Salvo y en la medida en que la ley disponga lo contrario, el socio no tiene derecho a utilizar los datos de los clientes para sus propios fines después de la rescisión del contrato; esto también se aplica con respecto a los datos de los clientes que haya contratado él mismo.

8.5 Por cada incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula 8, se adeudará una penalización contractual de conformidad con la cláusula 7.4 y siguientes.

9. Duración del contrato, rescisión

9.1 El presente contrato se celebra por tiempo indefinido. Podrá rescindirse por escrito en cualquier momento.

9.2 El derecho a rescindir el contrato sin previo aviso por motivos justificados no se ve afectado.

9.3 En particular, MustHave tiene derecho a rescindir de forma extraordinaria el contrato de socio si éste se retrasa más de 8 semanas en el pago de la tarifa plana por el funcionamiento de la tienda online. 9.4 La notificación de rescisión deberá realizarse por escrito en cualquier caso. La fecha de recepción de la carta de rescisión será determinante para el cumplimiento de un plazo.

9.5 Una vez recibida una rescisión ordinaria, MustHave sólo está obligada a aceptar pedidos del socio en la medida en que éste pueda vender o utilizar los productos contractuales en cuestión en el curso ordinario de su actividad en el periodo que queda hasta la rescisión del contrato y no disponga de existencias suficientes; MustHave sólo está autorizada a entregar productos contractuales contra pago anticipado o prestación de garantía.

10. Consecuencias de la rescisión del contrato

10.1 Al finalizar la relación contractual, el socio dejará inmediatamente de referirse a sí mismo como tal en los tratos comerciales y dejará de utilizar las marcas y otros signos protegidos de MustHave. El socio retirará a sus expensas los carteles y marcas en cuestión. Salvo y en la medida en que la ley disponga lo contrario, se abstendrá de utilizar las marcas y otros signos de MustHave o que puedan crear confusión tras la rescisión del contrato. En cualquier caso, se abstendrá de todo aquello que pueda dar la impresión de que es un socio autorizado por MustHave.

10.2 MustHave tiene derecho a cerrar la tienda online tras la rescisión del contrato sin previo aviso.

10.3 La Downline que anteriormente colgaba por debajo del socio se desliza hacia arriba dentro de la misma línea a favor del patrocinador inmediato del socio que se marcha.

10.4 MustHave tiene el derecho, pero no la obligación, de exigir la devolución de los documentos, materiales (publicitarios) y otros objetos puestos a su disposición por el socio a sus expensas en el domicilio social de MustHave en un plazo de tres meses tras la finalización de la relación contractual, siempre y cuando no hayan sido utilizados conforme a lo previsto. No existe derecho de retención.

10.5 En un plazo de tres meses a partir de la rescisión de la relación contractual, MustHave también está autorizada pero no obligada, a su discreción, a exigir la devolución de una parte o de la totalidad de las existencias de productos contractuales que el socio haya obtenido a cambio del pago del precio de lista válido en el momento de la rescisión de la relación contractual más el IVA correspondiente, siempre y cuando el socio aún no los haya vendido y sea poco probable que los necesite para hacer frente a las reclamaciones derivadas de la responsabilidad por defectos materiales. Los derechos por defectos se aplicarán de conformidad con la cláusula 2.10.

10.6 En caso de rescisión extraordinaria del presente contrato por parte de MustHave, MustHave tendrá derecho a rescindir los contratos de compra individuales del periodo anterior a la rescisión extraordinaria frente al socio a cambio de una compensación razonable, según determine MustHave a su discreción razonable.

11. Transferencia y herencia del contrato

11.1 El contrato entre las partes puede transferirse a una tercera persona mediante una disposición testamentaria o por fallecimiento. Si varias personas se convierten en coherederos ("comunidad de herederos"), deberán nombrar un representante común frente a MustHave - hasta entonces todos los derechos quedan suspendidos.

11.2 En el caso de una herencia vitalicia, el traspaso debe anunciarse con un plazo de preaviso de 3 meses.

11.3 Si el heredero desea celebrar el contrato, deberá declararlo a MustHave en un plazo de 6 meses a partir de la fecha del fallecimiento. Si la declaración no se recibe o no se recibe a tiempo, la relación contractual se transferirá al patrocinador de conformidad con la sección 4.6.

11.4 MustHave tendrá derecho de tanteo. En caso de transmisión por causa de muerte, el precio de compra será sustituido por una indemnización adecuada para el heredero o herederos.

11.5 En todos los casos, MustHave podrá prohibir la transferencia por causa justificada. En caso de denegación del traspaso por fallecimiento y si no se nombra a un heredero sustituto adecuado, la relación contractual se traspasará al patrocinador de conformidad con el apartado 4.6.

12. Otros

12.1 Este acuerdo, junto con los anexos, representa el acuerdo completo entre las partes contratantes. Las enmiendas y suplementos a este acuerdo deben realizarse por escrito para que sean efectivas. Esto también se aplica a la renuncia al requisito de forma escrita. Las partes se comprometen mutuamente a tomar todas las medidas y hacer todas las declaraciones en cualquier momento a petición de la otra parte que sean necesarias para cumplir con el requisito de la forma escrita - también en relación con la celebración de acuerdos complementarios, de enmienda y de modificación. Sólo quedan excluidos los acuerdos individuales entre las partes.

12.2 El presente contrato se regirá exclusivamente por el derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías y de las normas de derecho internacional privado que a ella se refieran.

12.3 Las partes contratantes acuerdan que, en la medida en que lo permita la ley, el tribunal de distrito del domicilio social de MustHave tendrá jurisdicción exclusiva sobre todos las disputas que surjan de y en relación con este contrato de distribuidor autorizado. No obstante, MustHave tiene derecho a recurrir a cualquier otro tribunal competente.

12.4 El socio solo tiene derecho a compensación y a ejercer derechos de retención o embargo si las reclamaciones que hace valer son reconocidas por MustHave o han sido legalmente establecidas por un tribunal de justicia.

12.5 El socio no podrá transferir a terceros los derechos y obligaciones derivados de este acuerdo de distribuidor autorizado sin el consentimiento previo por escrito de MustHave.

12.6 En caso de invalidez de una o varias disposiciones del presente contrato, las partes acordarán una disposición sustitutoria que se aproxime lo más posible a la disposición invalidada. La invalidez de una o varias disposiciones del presente contrato no afectará a la validez de las disposiciones restantes.

** Documentos adjuntos:**

Anexo 1: Plan de compensación

Anexo 2: Requisitos en la distribución online

Anexo 1: Plan de compensación

Dieser Vergütungsplan ist in seiner jeweils gültigen Fassung Bestandteil der Allgemeinen Partnerbedingungen der MustHave Global.

MP = Volumen de negocio

Cada producto MustHave Global tiene un precio neto (el IVA varía según el país) y un valor MP (MP=Magicpoints). El valor MP es la "moneda internacional" interna de MustHave Global, que sirve de base para la liquidación de las comisiones. Un producto tiene el mismo valor MP, independientemente de la moneda, incluso entre distintos países. Un punto MP corresponde aproximadamente a 1 euro de precio neto de compra (precio de compra para los socios de MustHave Global). La lista de precios actual es determinante en este caso.

Estado activo

Un socio recibe el estado activo si ha generado y pagado un total de al menos 500 puntos MP con ventas propias y/o pedidos de clientes y/o registros de los nuevos socios (FirstLine) dentro de un mes natural. El estado activo y otras condiciones de clasificación son siempre un requisito previo para el pago de las comisiones de Manager y Director (comisiones de línea descendente). En el back office, las estadísticas muestran si existe el estado activo.

1. Margen comercial para socios MustHave

Clientes finales

En principio, cualquier persona puede convertirse en cliente de MustHave Global. El cliente puede ser abastecido directamente por el socio o puede pedir los productos a través de la tienda del socio. Cada socio MustHave registrado puede adquirir los productos con un descuento del 20-35 %. El margen comercial depende acumulativamente del volumen de negocios respectivo del mes natural en curso:

20% hasta 250MPs, 25 % de 251-500 MP, 30 % de 501-1000 MP, 35 % a partir de 1001 MP.

Cada socio recibe automáticamente su propia tienda online MustHave en el momento de su inscripción. En los pedidos realizados por los clientes finales y por el propio socio a través de esta tienda online, el socio recibe un margen comercial del 25% o puede compensar este margen comercial (comisión) con sus propios pedidos. Los descuentos no se reembolsan con carácter retroactivo.

Bono de primera línea

Sobre los socios patrocinados personalmente en el primer nivel, el patrocinador recibe una comisión inmediata del 10% con una facturación propia de al menos 100 MP en el mes de liquidación. Esta comisión se mantiene aunque el socio haya llegado a Manager.

**2. Comisión de Manager para MustHave Manager **

Todo socio activo de MustHave puede convertirse en MustHave Manager.

Clasificación:

Los Socios MustHave que alcanzan el estado Activo - 500 MP - y 2.000 MP con pedidos propios y de clientes, así como sus socios en los 3 niveles de Manager en un mes de facturación son Managers. Un Manager recibe comisión sobre los MP de los socios y Managers de su downline.

Comisión de Manager para MustHave Manager

  • \1. Nivel 5 %
  • \2. Nivel 10 %
  • \3. Nivel 5 %

Existe una compresión dinámica a tres niveles de Manager clasificado. Los socios cuentan para el nivel de Manager respectivo en el volumen de negocios.

3. Bono de Director para MustHave Director

Cualquier Manager puede ser elegible para el Bono MustHave Director.

3.1. Director (D) 2 %

Usted cumple los requisitos para ser Director cuando su equipo alcanza los 10.000 MP en los 3 primeros niveles de Director dentro del mes natural y usted mismo es un Director clasificado. Recibirá un 2% sobre todos los MP de su equipo hasta el siguiente Director.

3.2. Silver Director (SD) 4 %

Usted se clasifica como Silver Director cuando su equipo alcanza los 20.000 MP en los 3 primeros niveles de Director dentro del mes natural y usted mismo es un Director clasificado. Recibirá un 4% sobre los MP de todas las ventas del equipo hasta el siguiente Silver Director que cumpla los requisitos y un 2% sobre el MP de todas las ventas del equipo por debajo de un Director que cumpla los requisitos.

3.3 Gold Director (GD) 6 %

Usted cumple los requisitos para ser Gold Director cuando su equipo alcanza los 40.000 MP en los 3 primeros niveles de Director dentro del mes natural y usted es un Director clasificado. Recibirá un 6% sobre los MP de todas las ventas del equipo hasta el siguiente Gold Director que cumpla los requisitos, un 4% sobre los MP de todas las ventas del equipo por debajo de un Director que cumpla los requisitos y un 2% sobre los MP de todas las ventas del equipo por debajo de un Gold Director que cumpla los requisitos.

3.4 Platin Director (PD) 8 %

Usted cumple los requisitos para ser Platin Director cuando su equipo alcanza los 80.000 MP en los 3 primeros niveles de Directores dentro del mes natural y usted es un Director clasificado. Recibirá un 8% sobre los MP de todas las ventas del equipo hasta el siguiente Platin Director que cumpla los requisitos, un 6% sobre los MP de todas las ventas del equipo bajo un Director, un 4% sobre los MP de todas las ventas del equipo bajo un Silver Director y un 2% sobre los MP de todas las ventas del equipo bajo un Gold Director.

4. MustHave President´s Team

Usted cumple los requisitos para ser MustHave President´s Team si su equipo alcanza los 140.000 PM en los 3 primeros niveles de Manager dentro del mes natural y usted mismo es un Manager clasificado y lo ha ostentado durante 3 meses consecutivos. Usted seguirá siendo President (i.Q.) mientras no se hayan celebrado los 3 meses consecutivos.

MustHave Global abona cada mes el 1% del MP total de la empresa al President´s Team Pool. Todos los President´s Team Member que reúnan los requisitos en el mes de facturación compartirán este fondo proporcionalmente en función de su Manager MP alcanzado en ese mes de facturación.

_ En principio:_

¡Para las liquidaciones siempre se tienen en cuenta las clasificaciones del mes natural! La liquidación de las comisiones siempre tiene lugar antes del día 15 del mes siguiente. MustHave Global no se hace responsable de los retrasos en la transferencia de fondos causados por los bancos o debidos a días festivos o a la transmisión incorrecta de los datos de la cuenta.

En caso de que se realice un pedido un domingo/festivo, normalmente es posible hacerlo online a través de la tienda del back office (área de socios) y pagar con tarjeta de crédito, PayPal o compra a cuenta a través de Klarna, ya que el pago está garantizado con estos métodos de pago y se contabiliza inmediatamente. Así, la facturación sigue contando para el mes en curso.

Para que el pago se realice correctamente, es necesario introducir los datos bancarios completos del socio en MustHave Global. Los datos bancarios se pueden introducir y modificar en el back office (área de socios).

Para que las comisiones se paguen brutas con IVA, es necesario introducir el número de identificación fiscal nacional en el back office. De lo contrario, todas las comisiones se pagan siempre netas. Si el número de identificación fiscal no se deposita a tiempo, no hay derecho al pago posterior del IVA.

MustHave Global necesita el IBAN y el código BIC/Swift para poder realizar transferencias al extranjero. Las transferencias de comisiones a cuentas bancarias en Alemania o en la Unión Europea no conllevan gastos para el socio de ventas. En caso de que el pago deba realizarse a una cuenta de un país no perteneciente a la UE (por ejemplo, Suiza o EE.UU.), las comisiones de transferencia correrán a cargo del titular de la cuenta. Si los datos bancarios de un socio cambian, los datos de la cuenta deben modificarse de forma independiente en el back office (área de socios). MustHave Global también debe ser informada del cambio de cuenta con tiempo suficiente para que pueda garantizarse el pago a la cuenta bancaria correcta.

Las transferencias que no pudieron ejecutarse permanecen como crédito en el back office ¡durante 12 meses! Después caducan.

Para el volumen de negocio solo cuentan los cobros contabilizados en MustHave Global. La fecha del pedido o de la factura es irrelevante para el cálculo de la facturación. Sin embargo, debido a posibles influencias externas, como fallos técnicos del banco propio o de la compañía de la tarjeta de crédito, MustHave Global no puede asumir ninguna responsabilidad por los efectos sobre la clasificación o la comisión causados por los retrasos.

Facturación propia

La facturación propia incluye los valores MP de los pedidos realizados por el socio y las ventas de los clientes finales en la tienda online.

Por los pedidos realizados por los clientes finales a través de la tienda del socio, éste recibe un margen comercial del 25%, aunque no haya facturación propia.

Proceso de registro

El registro de un nuevo socio se realiza registrándose en la página de inicio de un socio (patrocinador). El registro online puede realizarse cualquier día de la semana.

Socio MustHave

Cualquier persona mayor de edad y capaz puede convertirse en Socio MustHave. El socio es abastecido directamente por MustHave Global y recibe un descuento del 20-35% en su compra. Cada Socio MustHave puede patrocinar a otros socios. MustHave Global se reserva el derecho de rechazar la inscripción de un socio sin indicar los motivos.

Downline

"Downline" es el término utilizado para describir a todos los socios que forman parte de su equipo.

Clientes

En principio, cualquier persona puede convertirse en cliente de MustHave Global. El cliente puede ser abastecido directamente por el socio o puede pedir los productos a través de la tienda del socio. En este caso, la facturación y la logística corren a cargo de MustHave Global. MustHave Global se reserva el derecho de negarse a suministrar a un cliente sin indicar los motivos.

Tienda de socios

Cada socio registrado recibe un subdominio de socio con una tienda online (ejemplo.musthave.global). Los clientes finales que compran a través de la tienda online del socio son abastecidos directamente por MustHave Global. El socio recibe un margen comercial del 25% por estos pedidos de clientes finales. Una vez que un cliente final es asignado a un socio (funciona automáticamente al realizar un pedido en la tienda del socio), sigue siendo su cliente para siempre. Incluso si el cliente final compra posteriormente a través de la tienda asociada de otro socio.

Por el uso de las tiendas personalizadas se cobrará una comisión de 49,- EUR anuales a partir del segundo año comercial. Las comisiones se pagan a partir de 10,00 EUR. Si no se alcanzan los 10,00 EUR, los importes se cobran y se abonan con la siguiente liquidación.

Anexo 2: Requisitos en la distribución online

El socio debe observar las siguientes reglas en la formulación de la cláusula 6:

  1. Deberá cumplir las disposiciones legales sobre información veraz y no engañosa para consumidores y clientes finales, en particular la UWG y la HWG. En particular, no se podrá hacer publicidad de promesas ilegales de curación u otros efectos beneficiosos de los productos contractuales. Este tipo de publicidad se limitará a las declaraciones publicitarias oficialmente especificadas y confirmadas por MustHave.
  2. No debe acosar a sus clientes y consumidores finales ni ponerse en contacto con ellos sin autorización, infringiendo las disposiciones legales, en particular la UWG. Deben respetarse estrictamente las disposiciones legales sobre la necesaria obtención del consentimiento para contactar.
  3. La publicidad comparativa sobre productos externos está prohibida. En general, debe respetar los productos, servicios y marcas de terceros externos y no hacer declaraciones despectivas o de otro modo injustas y perjudiciales ni adoptar el comportamiento correspondiente.
  4. Todos los productos contractuales sólo pueden adquirirse para uso propio o para su distribución a clientes finales en cantidades habituales. Queda prohibida la distribución a través del comercio estacionario (en particular, droguerías, supermercados, tiendas de descuento, etc.).
  5. Cuando reclute socios adicionales para que se unan a su propia línea, deberá proporcionar siempre información veraz sobre sus circunstancias económicas, el sistema de MustHave y las oportunidades de ganancias que ofrece. En general, deberá proporcionar a dichos socios potenciales información completa y veraz. Sólo podrá reclutar socios que sean aptos y cumplan los requisitos contractuales.
  6. No debe prometer ni pagar comisiones fuera del plan de compensación a posibles socios o a socios por el mero hecho de reclutarlos como socios.
  7. Quedan prohibidas todas las manipulaciones y elusiones del plan de remuneración. En particular, está prohibido reclutar testaferros u otras personas inexistentes como socios para el equipo propio o ajeno, así como inscribirse directa o indirectamente, de forma evidente o disimulada, varias veces para el equipo propio o ajeno. También está prohibido inflar artificialmente las ventas propias o ajenas, por ejemplo mediante compras o ventas ficticias entre equipos.
  8. Todos los socios están vinculados a sus equipos y líneas. Todas las medidas para la aplicación de este contrato (por ejemplo, formación en ventas, medidas de equipo, etc.) sólo podrán tener lugar dentro de su propio equipo o línea.

Última actualización: 01.12.2022